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¿Por qué el Estado no contrata detectives privados?

En muchos países, la figura del detective privado se asocia principalmente al ámbito civil o empresarial. Sin embargo, su potencial como herramienta de apoyo en la gestión pública es enorme. Pese a ello, los Estados y en particular el español rara vez recurren a detectives privados para tareas de investigación que podrían optimizar recursos, prevenir fraudes y mejorar la eficacia administrativa.

Los detectives privados intervienen con éxito en todos los ámbitos del derecho, aportando evidencias que son valoradas en los tribunales, o valiosas informaciones que son procesadas a modo de inteligencia. Su formación, su licencia oficial y su sometimiento a la Ley de Seguridad Privada les permiten investigar con métodos legales y eficientes en ámbitos muy amplios.

En el contexto del sector público, podrían aportar un valor incalculable en múltiples frentes:

  • Localización de activos ocultos: rastreo de bienes no declarados o transferidos fraudulentamente.
  • Fraude laboral y pensiones indebidas: verificación de compatibilidades e irregularidades en subsidios.
  • Localización de demandados o testigos: apoyo eficaz a la justicia en casos con personas en paradero desconocido.
  • Control de contratos públicos: detección de conflictos de interés, sobornos o vínculos ocultos entre empresas y funcionarios.

Resulta sorprendente que el Estado español sea, según el propio Portal de Contratación del Sector Público, el principal contratista de servicios de seguridad y vigilancia privada, destinando cada año decenas de millones de euros a la protección física de edificios, infraestructuras y personal.

Sin embargo, no se registran contratos de investigación privada o servicios de detectives, a pesar de que su labor podría contribuir directamente a la protección económica, jurídica y reputacional del propio Estado. El Estado protege sus muros y accesos con seguridad privada, pero no protege su patrimonio ni su legalidad con inteligencia privada.

La única excepción relevante se encuentra en las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, tuteladas por el Ministerio de Trabajo, que sí contratan detectives para investigar posibles fraudes o irregularidades en casos de incapacidades laborales o lesiones fingidas. Según AMAT el retorno de la investigación privada se multiplica por 10, habiendo gastado em 2024 unos 4M de Euros que han supuesto un ahorro de 46M.

La actividad de los detectives privados está plenamente regulada y reconocida por la legislación española, aportando total seguridad jurídica a su trabajo, destacando:

  • Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada: artículo 48 (facultades exclusivas y excluyentes) y artículo 53 (respeto a los derechos fundamentales).
  • Real Decreto 2364/1994, Reglamento de Seguridad Privada: regula la habilitación, control y custodia documental.

Los detectives están habilitados por el Ministerio del Interior, sometidos a control policial y obligados a guardar secreto profesional.

Igualmente existe Jurisprudencia relevante:

  • STC 186/2000: el Tribunal Constitucional avala la legitimidad de las investigaciones realizadas en espacios públicos.
  • STS 356/2016: el Tribunal Supremo reconoce la validez probatoria de los informes de detectives en procedimientos laborales.
  • STS 593/2019: reafirma el valor del informe del detective como testimonio profesional cualificado.
  • STS 272/2012: confirma la legalidad de la contratación de detectives para verificar conductas laborales cuando existen indicios de irregularidad.

A pesar del sólido respaldo legal y la experiencia acumulada del sector, existen diversas razones que explican que el Estado todavía no haya integrado de manera habitual la investigación privada en su gestión:

  • Estructura organizativa compleja: la Administración Pública se apoya en cuerpos especializados con competencias definidas, lo que deja poco margen para incorporar figuras externas de apoyo investigativo.
  • Limitada familiaridad con la profesión: todavía existe cierto desconocimiento institucional sobre el alcance jurídico, técnico y ético del trabajo de los detectives privados.
  • Prudencia administrativa: el carácter sensible de las investigaciones y la protección de datos personales generan una lógica cautela en la contratación de este tipo de servicios.
  • Ausencia de precedentes normativos claros: hasta ahora no se ha articulado un marco específico de colaboración que regule la contratación pública de servicios de investigación privada, aunque la normativa vigente lo permitiría bajo los principios de legalidad, transparencia y control.

En definitiva, no se trata de una negativa expresa, sino de un ámbito que aún no ha sido explorado con la profundidad que merece.

Incorporar detectives privados de forma regulada, transparente y supervisada podría convertirse en una herramienta de inteligencia administrativa y control interno para el Estado.

Además, las grandes corporaciones nacionales e internacionales —incluidas empresas del IBEX 35— contratan habitualmente despachos de detectives privados para investigar fraudes internos, filtraciones de información, competencia desleal o conflictos laborales. Si compañías de semejante relevancia y exigencia de cumplimiento normativo confían en estos profesionales, no existen razones objetivas para que no puedan hacerlo igualmente la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas, las Administraciones Locales (algunas de los cuales ya lo hacen) y las empresas públicas o participadas, siempre bajo protocolos específicos y dentro de los procedimientos de contratación pública establecidos por la ley.

España cuenta con numerosos despachos de detectives privados habilitados por el Ministerio del Interior, con experiencia contrastada en investigaciones patrimoniales, laborales, mercantiles y judiciales, que trabajan con rigurosidad, confidencialidad y plena sujeción a la ley.

En esta línea, la Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados (ANADPE) manifiesta su disposición a colaborar con las administraciones públicas para avanzar en el estudio y desarrollo de futuros convenios de cooperación, que permitan aprovechar la capacidad investigadora del sector en beneficio del interés general.

Aprovechar ese potencial en beneficio de la administración significaría un paso hacia una gestión pública más eficiente, moderna y preventiva, capaz de combatir el fraude y la corrupción desde un enfoque de inteligencia y no solo de reacción.

 

 

Madrid, 13 de Octubre de 2025

José Pimentel

Presidente de Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados (ANADPE)

 

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