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El Tribunal Supremo (TS) ha estimado una demanda de revisión interpuesta por el padre de una menor contra una sentencia en proceso de medidas por hijo extramatrimonial, al quedar probado que la madre de la menor ocultó a la Justicia los datos que disponía y que permitían localizar al hombre para el juicio.

El fallo del Supremo confirma que la mujer puso un domicilio erróneo aun sabiendo que el hombre residía en Londres porque la llevaba haciendo durante años transferencias de dinero para la manutención de la niña. Y, aún cuando en el proceso de medidas se le volvió a requerir a la madre un nuevo domicilio del actor, ésta volvió a ofrecer otros posibles domicilios inválidos.

Por tanto, al ocultar estos datos al juzgado, así como no proporcionar el número de teléfono del actor, el cual tenía, imposibilitó que las autoridades judiciales lograran localizar al hombre para que éste ejerciera su derecho en el proceso de medidas de la hija que tienen en común.

La Sala de lo Civil ha dejado sin efecto la sentencia impugnada, la cual declaraba al hombre en estado de rebeldía, otorgando la guarda y custodia de la hija en común a la madre.

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